Accidentes de tráfico » Blog » Procedimientos judiciales » Abogado multas trafico » ¿Es delito enseñar a su hijo a conducir?

Tal y como nos reportan nuestros compañeros de SuperAbogado, en la localidad de Tafalla, en Navarra, un joven junto a su padre fueron sorprendidos en una urbanización en construcción mientras éste conducía sin permiso de conducir, recibiendo lecciones de su padre, días antes de que éste empezara la autoescuela.

Entonces, ¿puede ser delito enseñar a su hijo a conducir?

Esto que puede ser una práctica habitual y aceptada entre muchos conductores “prenoveles” no lo fue tanto para el Juzgado de lo Penal nº2 de Pamplona, que ha condenado a ambos por un delito contra la seguridad vial, al hijo por conducir propiamente y al padre por proporcionar el vehículo y la tranquilidad necesaria para que su hijo ejecutara tal actividad.

Sí es delito

Acorde con la prueba practicada en el juicio, para el tribunal, quedó suficientemente probada la participación de ambos en un delito contra la seguridad vial, bajo la modalidad de conducción de un vehículo de motor sin tener o haber obtenido licencia de conducción, recogida en el artículo 384 del Código Penal.

Según los agentes de la Guardia Civil que elaboraron la pertinente denuncia, padre e hijo circulaban sin luces de cruce por una urbanización cercana al cuartel, conducido por un joven acompañado de una persona mayor que él, que posteriormente fueron identificados como los acusados.

La defensa de los conductores se basó fundamentalmente en que la zona en la que fueron interceptados no existía tráfico ni peatones algunos, por lo que en ningún momento se puso en peligro la seguridad vial, no obstante, en la sentencia, el Juzgado señaló que este hecho se encuadra en un delito “abstracto”, es decir, que no exige peligro real para la integridad física de personas concretas.

Por todo lo expuesto, el Juzgado de lo Penal de Pamplona condenó al padre y al hijo como criminalmente responsables de un delito contra la seguridad vial, con unas penas de multa de 1 año a razón de 5 euros diarios para el hijo y 6 para el padre y 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad para ambos.


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